Se trabajó de manera conjunta con los concejales del oficialismo, y la Presidencia del Concejo Deliberante. Se busca dar un marco regulatorio superador a la actividad comercial de Delivery, ya que en 12 años la normativa vigente nunca fue aplicada. Además, se trata de un servicio que, en el marco de la pandemia, ha crecido considerablemente. Es para garantizar mayor seguridad a los vecinos, vecinas y trabajadores del rubro.
El Ejecutivo Municipal presentó recientemente, frente al importante crecimiento de la actividad comercial de “Delivery”, un proyecto de Ordenanza que busca regular la mencionada actividad, con el fin de que la misma garantice el cumplimiento de las normas de seguridad y salubridad para resguardar a los vecinos y vecinas; y, al mismo tiempo, otorgar mayor sustentabilidad a la actividad comercial que, a raíz del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la emergencia sanitaria, ha crecido de manera considerable.
Dicho proyecto de Ordenanza fue trabajado de manera conjunta con los concejales del oficialismo, y con la Presidencia del Concejo Deliberante de la ciudad, con quienes se consensuó que es necesario crear un marco regulatorio para el desarrollo y funcionamiento de la actividad que comprende al traslado de alimentos y mercaderías, dado que aún no cuenta con una normativa que lo regule de manera adecuada.
El proyecto del Ejecutivo Municipal para regular y ordenar la situación actual en torno al servicio de “Delivery”, establece ciertos criterios para la actividad, a saber: determina qué se encuentra comprendido en el servicio de Delivery y qué no; enumera los vehículos/transportes habilitados para brindar el servicio; regula las medidas sanitarias y bromatológicas que debe cumplir el recipiente o receptáculo en el cual deben transportarse los productos alimentarios; crea un registro específico y discrimina el mismo con dos categorías, a) Comercio con servicio de Delivery y b) Servicio de Delivery como comercio; determina los deberes y obligaciones a cargo del comercio y del chofer del servicio; finalmente, establece un régimen sancionatorio ante el incumplimiento de las normativas dispuestas.
Cabe resaltar que, con la presente Ordenanza, quedaría derogada la N° 2622/2008, sancionada en el año 2008, dejándola sin efecto. La Ordenanza presentada por el Ejecutivo Municipal es más específica, contempla la diversidad de situaciones, para regular de manera más fehaciente la actividad comercial de Delivery. Además, propone dos categorías de Delivery anteriormente no contempladas, por un lado, el comercio que vende distintas mercaderías o productos, que desee ampliar su actividad comercial e incluir el servicio de Delivery; y, por otro lado, quienes brindan como actividad principal el servicio de Delivery, propiamente dicho.
Quienes deseen realizar el trámite para habilitar el servicio de “Delivery” como actividad comercial deben comunicarse con la Dirección de Comercio e Industria del Municipio vía mail (comercio.industria@riogrande.gov.ar) o vía telefónica (436247). El trámite se puede realizar de manera digital.